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Granada

El Consultivo ve nulo el título de un alumno que sacó dieces sin asistir a clase

Desfavorable a las pretensiones de la Consejería de Educación, contraria a revisar y anular el título de un estudiante de un centro privado

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  • Sede del Consejo Consultivo de Andalucía. -

El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha considerado nulo el título obtenido por un alumno de un grado de Formación Profesional que obtuvo dieces pese a no asistir a clase, aunque ha dejado en manos de la Junta anularlo.

Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe desfavorable a las pretensiones de la Consejería de Educación, contraria a revisar y anular el título de un estudiante de un centro privado que obtuvo el módulo de Técnico Superior en Higiene Bucodental sin acudir a clase.

La Junta comunicó el caso al Consultivo tras recibir, en julio de 2019, el expediente realizado por la Inspección de la Delegación Territorial en Granada iniciado tras las denuncias de varios alumnos de un centro privado.

Esas quejas apuntaban que uno de los alumnos había obtenido el título académico pese a no acudir a clase y no someterse como el resto a una evaluación.

Según el dictamen, al que ha tenido acceso Efe, la normativa regula que la evaluación de los aprendizajes del alumnado que cursa ciclos formativos será continua y se realizará por módulos profesionales y que, además, debe ser presencial.

Ha apuntado además que, según el informe de la Inspección, la concesión del título académica "infringe el ordenamiento jurídico" y afecta además a la evolución de aprendizajes, ya que no acudió de manera regular a clase.

Según el Consultivo, no puede pasar desapercibido el contundente informe emitido por el Servicio de Inspección en marzo de 2019 que califica como "graves" las irregularidades cometidas por este centro docente en relación con la evaluación de este alumno, "lo que no puede dejar de tener la consecuente repercusión en el grado de invalidez del título académico otorgado".

Dicho informe apunta como hecho constatado que el profesorado no exigió la asistencia a clase, ni le aplicó todos los instrumentos de evaluación ni tampoco los criterios de calificación que tenían establecidos en sus programaciones didácticas, por lo que el alumno en cuestión tuvo "un trato de favor por parte de todo el profesorado".

En este dictamen no vinculante, el Consultivo ha concluido, como apuntó la Inspección, que ese trato desigual generó un quebranto de los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad.

Con esta claridad de un trato desigual, el Consultivo ha desestimado la pretensión de Educación aunque ha dejado en manos de la Consejería, con el resto de datos del alumno, la decisión de anularle el título.

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