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España

Absueltos unos padres de pagar 3.200 euros de multa por permitir que su hija no fuera a clase

El fiscal ha considerado que no se ha producido delito de abandono de menores

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Córdoba ha absuelto este martes a unos padres de pagar una multa de un total de 3.240 euros, que solicitaba el Ministerio Público, por supuestamente permitir que su hija de 15 años, en el momento de los hechos, no fuera a clase en un instituto de la localidad cordobesa de Rute.

Este ha sido el fallo judicial adoptado por la juez, después de que el fiscal haya considerado que no se ha producido delito de abandono de menores en relación con el deber de educar y proporcionar una formación integral, como en un principio se les imputaba.

Según la calificación fiscal, la menor convivía con su madre en Lucena, si bien tanto ella como el padre, apunta el Ministerio Público, faltaron a "sus deberes inherentes a la patria potestad respecto de la adecuada y obligada formación y educación de su hija".

Así, ambos supuestamente permitieron que la menor dejara de acudir a las clases de 1º de ESO durante los cursos 2005/2005 y 2006/2007 a un instituto de Rute, además de tampoco asistir a clases desde el 8 de enero de 2007 a un instituto de Lucena.

La menor en dichos cursos escolares no acudió a ninguna de las clases, manteniendo "una actitud pasiva y permisiva sin justificación alguna del absentismo escolar por parte de sus progenitores".

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