La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a un joven para el que el fiscal pedía nueve años de cárcel por violar a una menor de 15 años de edad, contra la que ha ordenado deducir testimonio por un delito contra la Administración de Justicia después de que mintiera en su declaración en el juicio y dijera, por ejemplo, que, antes de la presunta agresión sexual, era virgen.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial considera probado que fue la madre de la menor la que denunció el 9 de diciembre de 2005 ante la Guardia Civil que su hija, tres días antes, había sido penetrada vaginalmente "contra su voluntad" por el acusado, Ismael C.V., de 21 años, cuando se hallaban a solas en el jardín de un chalet deshabitado ubicado en Utrera.
La menor fue examinada el día 9 de diciembre en un centro médico de Utrera, observándose que presentaba dos hematomas de color verdoso en el muslo derecho y otros cuatro en el izquierdo, por lo que fue derivada a un hospital para una valoración ginecológica, la cual concluyó que "no se observaban lesiones compatibles con agresión sexual" y que el himen no estaba íntegro.
Ese mismo día fue detenido el acusado, quien ingresó en prisión provisional durante una semana, al término de la cual el Juzgado de Instrucción número 2 de Utrera impuso al imputado la prohibición de aproximarse a la joven a menos de 100 metros.
En su primera declaración, el ahora absuelto dijo que en el momento de los hechos denunciados se encontraba en otro lugar junto a su novia --aunque en su declaración judicial añadió que estaba también con sus padres y hermanos--, lo que ésta corroboró, mientras que un testigo dijo que el día 6 de diciembre, a la hora de autos, vio al acusado junto a su pareja en un centro comercial, lo que confirmó igualmente su novia.
"Todos estos testigos mantuvieron en el juicio la misma declaración", argumenta la Audiencia, quien refiere que por parte de la acusación se cuestionó que el procesado, su novia y familiares "recordaran detalles muy concretos". "Es de reconocer que tratándose el día 6 de un día festivo, en el que no resulta extraño realizar tareas que se salgan de la rutina habitual, y presentándose la denuncia dos días después, no debe sorprender que se recordara lo que se había hecho dos días antes", dice la Audiencia.
Por otro lado, "no cabe entender demostrada" la previa relación de noviazgo --de apenas un mes-- que la menor aseveró mantener con el imputado, relación "negada por la mayoría de los testigos, que, al contrario, sostuvieron que su novia era otra", según la sentencia consultada por Europa Press.
CORROBORACIONES PERIFÉRICAS
En definitiva, prosigue la Audiencia, "de los testigos de cargo y de descargo podría decirse que son de convicción similar, habiendo sido reiteradas ambas versiones en el juicio, lo que de por sí genera una duda razonable acerca de la ocurrencia de los hechos objeto de acusación", añadiendo que los testigos de descargo "mantuvieron sin fisuras sustanciales o dignas de relieve una versión que del todo exculpaba al acusado al situarlo fuera de la escena del delito, corroborando lo por él mantenido desde el principio de la investigación".
Además, no se dispone de corroboraciones periféricas "que apunten, siquiera mínimamente, a la credibilidad de la versión de las acusaciones", sino que, "precisamente, es en el terreno de estas corroboraciones donde se desvanece o difumina la prueba de cargo hasta desaparecer del todo su potencia de convicción".
De entrada, "hubiera sido de interés disponer de las prendas que vistiera" la menor al suceder "lo que dice que sucedió, para buscar la posible existencia de desperfectos o daños, o algún tipo de vestigio biológico, que apuntaran a la verosimilitud de sus manifestaciones", lo cual "no ha podido ser al haberlas lavado su madre".
"CONFUSIÓN"
Además, la prueba testifical "tampoco ayuda en esta dirección", pues, mientras ante la Guardia Civil la menor dijo que el chándal que llevaba puesto no resultó roto ni dañado, en el juicio "habló de que su ropa tenía la espalda algo manchada", por lo que lo dicho en el juicio "es algo nunca antes dicho por ella", una "confusión" que "se incrementa si se tiene en cuenta que, preguntada sobre los mismos extremos, la madre declaró en el juicio que su hija había vestido pantalón vaquero y que tenía rota la cremallera".
Respecto a las lesiones sufridas, asevera que "vista la mecánica comisiva expuesta por la denunciante en cuanto al desarrollo de su violación, sorprende que no tuviera lesiones en el tronco ni tampoco vaginales", mientras que también es "llamativo" que, según el parte médico, la menor no tuviera el himen íntegro.
Y es que tras afirmar la presunta víctima haber perdido la virginidad a causa de la violación, "atrae poderosamente la atención que, no estando su himen intacto, no presentase señal física alguna de forzamiento", pues "ella misma reconoció no haber sangrado al ocurrir la supuesta agresión".
"NO ERA VIRGEN"
En definitiva, la menor "no era virgen a la supuesta fecha de ocurrencia de los hechos, ya que apenas transcurridas 48 horas de la supuesta agresión deberían haber quedado restos de una desfloración forzada", los cuales "no fueron apreciados" por el ginecólogo.
Por ello, la víctima "ha faltado a la verdad sobre un extremo fundamental en la acusación sostenida por Fiscalía y acusación particular", agregando que "la relevancia de las afirmaciones del informe ginecológico referentes a la falta de integridad del himen y la ausencia de lesiones compatibles con una agresión sexual, fue pasada por alto por los sucesivos instructores de la causa y por las diversas partes, incluso en el momento del juicio".
"De haber sido de otra forma, posiblemente el juicio no hubiera llegado a celebrarse", sostiene la Audiencia, que critica que "no es aceptable que la acusación particular dijera que no se estaba enjuiciando si su patrocinada era o no virgen, cuando la misma atribuía al acusado haberla desflorado violándola", asegura.
Así, "resulta patente la falta de una prueba de cargo suficiente para destruir la presunción de inocencia" que ampara al acusado, por lo que procede su libre absolución y deja sin efecto la orden de alejamiento que pesaba sobre él, mientras que ordena deducir testimonio contra la menor "por haber faltado a la verdad en el juicio", lo que podría constituir un delito contra la Administración de Justicia.
La Audiencia entiende que "ha habido mala fe" por parte de la menor, a la que condena al pago de las costas