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El SAS tendrá que indemnizar a la familia de una víctima de infarto

El médico que la atendió en el centro de salud de Montealegre la envió a su casa al no advertirle síntomas de infarto

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizar con más de 100.000 euros a la familia de una mujer de 43 años que falleció el 1 de junio de 2007 después de que confundiera los síntomas de un infarto de miocardio con los de un ataque de ansiedad.

Según recuerda el Bufete Ortiz Abogados -que ha sido quien ha defendido los intereses de la familia en todo este proceso-, la mujer acudió sobre las once de la mañana al centro de salud de Montealegre, aquejada de un fuerte dolor en su brazo izquierdo y de una sensación de opresión en el pecho.

El doctor que la atendió le practicó un electrocardiograma en el que aparecieron “alteraciones claras” en su estado de salud que alertaban de la posibilidad de que estuviera próximo a producirse un infarto de miocardio. 

Sin embargo, se le diagnosticó un “fuerte ataque de ansiedad”, administrándole Trankimazin y enviándole de vuelta a su domicilio. Tras descansar unas horas, la paciente se levantó sin que remitiese el malestar, cayendo fulminada al suelo y falleciendo prácticamente en el acto y sin que los servicios del 061 pudiesen hacer nada para reanimarla.

La sentencia expresa su sorprensa por el hecho de que la mujer no fuera derivada a un centro hospitalario a pesar de tenía antecedentes cardiovasculares conocidos en el propio centro de salud, por lo que “cuando acudió por última vez deberían haber saltado todas las alarmas y haberla derivado a un centro hospitalario en vez de a su casa”.

“Pérdida de oportunidad”

De igual modo, la sentencia advierte de que “el fracaso asistencial o fallos producidos en el tratamiento médico y diagnóstico de la enfermedad deben enjuiciarse a la luz de la teoría de la pérdida de oportunidad, y ello por cuanto la paciente se encontraba incursa en un proceso morboso como consecuencia de sus complicaciones coronarias, susceptible de desenlace fatal aún en el caso de que hubiese sido remitida a un centro de atención especializada”. 

La base del caso es que el médico que la atendió en el centro de salud de Montealegre “no supo reconocer el cuadro isquémico de infarto de miocardio por falta de pericia, de conocimientos médicos, de entrenamiento o experiencia”.

La autopsia determinó finalmente que la causa de la muerte de esta mujer se debió a la “obstrucción de dos vasos coronarios que le provocaron infarto de miocardio masivo”.

Todo apuntaba a un infarto inminente

Además de los síntomas que presentó en el centro de salud, la mujer era obesa, fumadora e hipertensa; dándose incluso la circunstancia de que su padre había fallecido víctima de un infarto de miocardio, por lo que tenía antecedentes.

Dejó viudo y dos hijos de corta edad

La sentencia fija una indemnización de 55.423,25 euros para el cónyuge de la mujer fallecida; así como de 22.676,35 euros para cada uno de sus dos hijos menores. En total, Zurich -la aseguradora del SAS- tendrá que abonar 100.775,95 euros.

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