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La Generalitat presentará un recurso de inconstitucionalidad contra los PGE de 2016 la semana que viene

Además, ha recalcado que mientras no se produzca un cambio del modelo de financiación el recurso se mantendrá "gobierne quien gobierne" en Madrid

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  • Oltra. -

La Generalitat Valenciana presentará la semana que viene un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2016, ya que el plazo legal máximo para hacerlo finaliza el próximo 1 de febrero.

   La vicepresidenta de la Generalitat y portavoz del Consell, Mònica Oltra, ha realizado el anuncio este viernes en Alicante, donde se ha celebrado la rueda de prensa posterior al pleno del Consell.

   Preguntada por los periodistas por la viabilidad de este recurso, Oltra ha manifestado que el gobierno autonómico es "optimista" y "tiene la razón" en cuanto a la financiación autonómica. Asimismo, ha indicado que, se produzca o no un cambio en el Gobierno central, el recurso de inconstitucionalidad "se mantendrá", a no ser que haya un cambio en el modelo de financiación.


   Así ha señalado que el recurso está "muy bien fundamentado", ya que cuenta con un anexo económico "muy revelador" que "cuestiona el límite de déficit", porque impide cumplir con "el deber constitucional de dar cobertura a los servicios básicos". "La razón la tenemos y cuando uno está convencido de que tiene la razón debe acudir a los tribunales. Somos un gobierno optimista y esperanzado", ha puntualizado.

   Además, ha recalcado que mientras no se produzca un cambio del modelo de financiación el recurso se mantendrá "gobierne quien gobierne" en Madrid.

INFORME FAVORABLE DEL CJC

   Oltra ha explicado que el Consell ha autorizado a la Abogacía General de la Generalitat a interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016. Un recurso que cuenta con el informe favorable por unanimidad del Consejo Jurídico Consultivo (CJC). Así, la presentación ante el Tribunal Constitucional se realizará a lo largo de la próxima semana, antes del vencimiento del plazo legal el próximo 1 de febrero.

   El recurso se dirige contra la Ley 48/2015, de 29 de octubre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado y reclama al Tribunal Constitucional la anulación de las previsiones de saldo del Fondo de Suficiencia regulado en el Título VII, capítulo II, artículos 111 y 112, que se desarrollan en varias secciones y programas anexos.

   El cálculo del Fondo de Suficiencia realizado por el Gobierno en la Ley de Presupuestos indica que la Comunitat Valenciana debe ingresar al Estado en 2016 un total de 1.329,53 millones de euros. Pero no se trata de una cantidad a devolver al final del año, ya que el Ejecutivo central la descuenta de su previsión de entregas a cuenta a la Generalitat para el presente ejercicio, que queda fijada en 7.875,24 millones de euros.

   Si el Constitucional atendiese la reclamación valenciana, la financiación de la Comunitat procedente de las transferencias estatales debería aumentarse en esos 1.329,53 millones de euros. Esa cantidad es de similar cuantía a la insuficiencia financiera que reconoce la Ley de Presupuestos de la Generalitat para 2016.   

   El mecanismo de saldo del Fondo de Suficiencia ejecutado en los Presupuestos Generales del Estado para 2016, por tanto, impide que la Comunitat Valenciana pueda financiar el nivel de gasto previsto en los Presupuestos de la Generalitat Valenciana para ese mismo ejercicio, nivel de gasto fijado de acuerdo con lo previsto en los artículos 2.f y 15 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), que establece que las autonomías dispondrán de suficientes recursos para ejercer sus competencias y para prestar los servicios públicos fundamentales al nivel medio de todas las comunidades.

   Desde la Generalitat han señalado que la Comunitat Valenciana tiene una presión fiscal algo superior a la media de las autonomías de régimen común y su gasto primario es inferior a la media, como demuestra el modelo de cuentas territorializadas que publica el Ministerio de Hacienda y ha constatado la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF). Por lo tanto, la única manera de aliviar la insuficiencia financiera de la Generalitat sólo puede provenir de los ingresos procedentes del Estado.

DERECHOS FUNDAMENTALES

   Según ha argumentado el gobierno autonómico, el resultado de esa insuficiencia financiera es que no puede prestar los servicios públicos fundamentales (Educación, Sanidad y políticas sociales) al nivel medio del resto de las comunidades autónomas de régimen común. De cara a 2016, la Comunitat Valenciana gastará 2.243 euros por habitante en esas tres áreas, mientras que el promedio de las comunidades autónomas es de 2.252 euros.

   Esta situación contraviene lo dispuesto en el artículo 40.1 de la Constitución, que obliga al Estado a garantizar la prestación de los servicios públicos fundamentales en condiciones de igualdad a todos los ciudadanos, y el artículo 158.1 de la misma norma, que fija la Ley de Presupuestos Generales del Estado como instrumento para cumplir con ese deber de garantía. Por esta misma razón, se ven vulnerados el artículo 67 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, así como el artículo 15 de la LOFCA.

   La aportación a las finanzas valencianas prevista en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 también incumple el principio de suficiencia que fija el artículo 157.3 de la Constitución para el ejercicio de las competencias propias asumidas por la Comunitat Valenciana, ni con el principio de garantía de prestación de los Servicios Públicos Fundamentales (art. 158 CE y 67 del EA), teniendo en cuenta que de acuerdo con lo previsto en los preceptos del bloque constitucional, la prestación de los Servicios Públicos Fundamentales debería estar garantizada al nivel promedio en todas las CCAA (art. 158 CE en relación con el art. 15 de la LOFCA).

   Para que esta situación no perjudique a los ciudadanos valencianos, la Generalitat ha previsto para 2016 un gasto en el resto de las competencias que tiene transferidas muy alejado del nivel medio de suficiencia de las comunidades autónomas, 347 frente a un promedio de 654 euros por habitante, algo incompatible con el ejercicio de las competencias estatutarias que tiene atribuidas.

FONDO DE SUFICIENCIA

   Por último, el recurso aprobado recuerda que el Fondo de Suficiencia aplicado a la Comunitat Valenciana se fundamenta en el modelo de financiación autonómica que operó entre 2009 y 2013, y que perdió su vigencia el 1 de enero de 2014, sin que desde entonces el Gobierno haya puesto en marcha el proceso de negociación con las comunidades autónomas de un nuevo plan quinquenal de financiación.

   Por tanto, las previsiones de financiación para la Comunitat Valenciana que recogen los Presupuestos Generales del Estado para 2016 no están apoyadas en modelo quinquenal pactado alguno. No hay, por tanto, forma de hacer un cálculo razonable y razonado del Fondo de Suficiencia, lo que convierte la decisión del Gobierno en jurídicamente arbitraria, según el comunicado de la Generalitat.

   El Fondo de Suficiencia, creado por la ley orgánica 3/2009 que reformó la LOFCA, tiene como objetivo asegurar la financiación de la totalidad de las competencias propias de las comunidades autónomas, extremo que, según la previsión de los Presupuestos Generales del Estado para 2016, no se cumple en el caso de la Comunitat Valenciana.

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