El jurado popular ha declarado culpable a la mujer acusada de asesinar a su exnovio, un británico millonario, en abril de 2014 en su vivienda en Estepona (Málaga). Han considerado probado que lo hizo "intencionadamente" mediante tres disparos "de forma sorpresiva", sin que la víctima pudiera defenderse, señalando que actuó por un estado pasional, al estar "obsesionada" con el fallecido.
El veredicto ha sido leído este viernes. Los miembros del Tribunal popular han estimado, asimismo, que la mujer, que había trabajado como modelo y había tenido con el fallecido una relación de más de dos años rota hacía varios meses, es culpable de haber entrado y haber permanecido desde dos días antes de los hechos en la vivienda sin el consentimiento.
Se considera probado que llegaron la víctima y su nueva novia, la cual salió y esperó en el coche. Los jurados han entendido también acreditado que el hombre dijo a la acusada que se fuera de la casa, que salió para hablar con su nueva pareja y que cuando entró, la procesada "de forma inesperada" disparó contra él, que, "ante lo imprevisible del ataque" no pudo defenderse.
Un disparo fue en el brazo y dos en la cabeza, el último mortal, lo que entienden acreditado por los informes forenses. No han estimado que hubiera un aumento del sufrimiento en la víctima, pero tampoco que un forcejeo entre ambos en el transcurso del cual se produjera el disparo, como dijo la acusada; ni que él la agrediera, al no tener el hombre heridas defensa ni de ataque.
El jurado popular sí ha considerado demostrado que la acusada colocó el revólver en la mano del fallecido, le cogió las llaves del coche y salió de la casa, estando la nueva pareja fuera a la que no dijo lo ocurrido; tras lo que huyó a su país. No se han mostrado a favor del indulto ni de la remisión condicional.
Asimismo, el veredicto recoge como probado que la mujer actuó impulsada por un estado pasional. Estaba "obsesionada" y, según los testimonios de los familiares, controlaba el móvil de él y los contactos que tenía; además estaba "muy afectada por la ruptura no sólo en el plano sentimental sino también por la pérdida de su estatus social".
Tras el veredicto, el fiscal ha mantenido su petición de 20 años de prisión por el asesinato; al igual que la acusación particular, en representación de la familia del fallecido, que ha pedido que se le imponga la pena en el mayor grado posible. La defensa no ha solicitado pena, al no aceptar el veredicto, reservándose el derecho a recurrir la sentencia que dicte por el magistrado-presidente.
Las acusaciones señalaron en el juicio que hubo un móvil pasional; de hecho, el fiscal dijo que tuvo "un ataque de celos que desencadenó todos los hechos". Por contra, la defensa sostenía que actuó en legítima defensa y por miedo insuperable, circunstancias que no han sido tenidas en cuenta por los jurados, tampoco la confesión; aunque sí la agravante de parentesco.
La procesada declaró que lo sentía y que "no quería hacerle daño, me cambiaría por él". "Si pudiera cambiar algo, no me defendería a mí misma, creo que sería mejor que yo estuviese muerta", señaló en su derecho a la última palabra, entre llantos, añadiendo que "tenía miedo, nunca en mi vida nadie me había apuntado con un arma, no quise hacer eso. Yo nunca he hecho daño a nadie", añadió.