La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz ha impuesto una pena de 17 años y seis meses de prisión al acusado de haber acabado con la vida de Raquel Barrera, su mujer, y al que un jurado popular declaraba el pasado lunes culpable de asesinato.
La sentencia recoge que el procesado es culpable de un delito de asesinato con el agravante de parentesco y la atenuante de embriaguez. Asimismo, se impone al acusado la prohibición de acercarse o comunicarse con su propio hijo y con los padres de la víctima por un periodo de 25 años, castigándole también con la prohibición de residir en Jerez o acudir a su término municipal durante ese tiempo.
En lo concerniente a la responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar con 50.000 euros a cada uno de los padres de la víctima, y a su hijo en la cantidad de 150.000 euros.
Tal y como estableció el jurado popular a las pocas horas de retirarse a deliberar el pasado lunes, se recoge en los hechos probados que, tras salir de copas, el acusado bajó a la cocina durante la noche y encontró a su mujer conectada a una red social, tras lo que abordó a la víctima desde atrás y le asestó dos cuchilladas que acabaron con su vida en pocos segundos.
Destaca que la víctima "no tuvo oportunidad alguna de defenderse" al ser el ataque "sorpresivo y sin aviso", y al tener su capacidad de reacción y defensa limitada debido a que tenía un índice de alcohol en sangre de 2,7 gramos por litro. El acusado también había bebido alcohol durante la noche, si bien le había afectado disminuyendo "levemente" sus capacidades intelectivas y volitivas.
Señala que el acusado estaba en paro y dependía económicamente de su esposa, de la que sospechaba que mantenía una relación a través de las redes sociales con un ciudadano argentino. Asimismo, apunta que el acusado estaba "obsesionado" con las redes sociales que usaba su mujer y que el día de los hechos "sabía y quería matar a su mujer".
Añade que, tras el suceso, el procesado llamó a la Policía para informar de que creía haber matado a su mujer, autoinfligiéndose a continuación heridas "superficiales" con un cuchillo de cocina para "simular un intento de acabar con su vida". Personada la Policía en su domicilio, el acusado dijo que había matado a su esposa "por amor".
AGRAVANTE DE PARENTESCO
Cabe recordar que la Fiscalía pedía 18 años de cárcel por un delito de asesinato con el agravante de parentesco, calificación a la que se sumaba la acusación popular que ejerce la Junta de Andalucía, que también se ha personado en este caso. Por su parte, las dos acusaciones particulares elevan esta pena a 20 años.
La defensa ha sostenido durante el juicio que se trata de un delito de homicidio con las cuatro eximentes completas de arrepentimiento, enajenación mental, arrebato, y reparación del daño, lo que habría reducido la pena a cinco años de prisión.
En su derecho a ejercer la última palabra durante el juicio, el acusado se dirigió al tribunal para decir que "siente mucho y de corazón" lo que ha pasado, pidiendo "perdón" a la "familia" y "amigos" y "a la sociedad en general".