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Málaga

Cinco años y medio de prisión por querer matar a un agente de paisano

La víctima se acercó al hombre al creer que estaba discutiendo con tres personas mayores ne Mijas (Málaga), a lo que el condenado respondió violentamente

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  • ciudad de la justicia de Málaga. -
  • También debe hacer frente a una indemnización de 1.650 euros
  • El agente sufrió una herida inciso-cortante de unos 12 centímetros en el hemitórax derecho

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cinco años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por agredir violentamente a otro, agente de la Guardia Civil que iba de paisano, cuando este se acercó al procesado al creer que discutía con tres personas mayores.

Así, el alto Tribunal andaluz desestima el recurso presentado por la defensa del acusado contra la sentencia de la Sección Octava de Málaga, que condenó al hombre por un delito de intento de homicidio y, además de la pena de prisión, le impuso indemnizar a la víctima con 1.650 euros y lo absolvió de un delito de atentado a la autoridad.

La Sala de Málaga declaró probado, según recoge la sentencia del TSJA a la que ha tenido acceso Europa Press, que en septiembre de 2017, el denunciante, agente de la Guardia Civil, se dirigía en su vehículo al cuartel de Mijas (Málaga), donde prestaba servicio, cuando observó al acusado próximo a tres personas de avanzada edad.


Así, al tener "la impresión de que discutía con estos" y ante dicha situación, el agente, que vestía de paisano, se bajó de su vehículo y se aproximó al procesado para aclarar la situación, a lo que este reaccionó "violentamente, lanzando varios puñetazos que aquel consiguió esquivar", señala la resolución.

La agresión continuó hasta que, en el transcurso de la misma, se introdujo en un portal próximo al lugar del incidente, entrando en una vivienda, en la que al parecer residía. A los pocos minutos, el procesado salió del referido inmueble portando una navaja con la que acometió en varias ocasiones al denunciante.

En un momento dado lo alcanzó a la altura del pecho con dicha arma blanca, causándole, entre otras, una herida inciso-cortante de unos 12 centímetros en el hemitórax derecho, lesión esta que "de haber profundizado más hubiese afectado al pulmón, lo que hubiese ocasionado un cuadro grave con riesgo para la vida".

Igualmente, como consecuencia de tal agresión, el agente resultó con otras heridas, contusiones y hematomas en distintas zonas del cuerpo, quedándole algunas secuelas estéticas. Para la Sala, no consta acreditado que el acusado, en el momento de la agresión, supiera que el hombre era agente de la Guardia Civil.

La defensa del acusado recurrió la sentencia al considerar que hubo error en la valoración de la prueba por parte de la Sala de Málaga, alegando que hubo "una interpretación desfavorable al reo, ya que se presume que la intención era la de causar la muerte y no simplemente el causar algún tipo de herida no mortal".

Así, el TSJA señala que la Sala de instancia consideró para determinar el ánimo homicida "las características del arma utilizada, la zona del cuerpo afectada, la intensidad del golpe, que pudo ser esquivado en parte por la víctima, con herida de 12 centímetros de longitud; y el hecho de asestar varios golpes".

Esto, señala el alto Tribunal andaluz, "viene a denotar que la intención del acusado era provocar la muerte de su víctima", recordando que el informe del forense es concluyente en este sentido. Además, considera que dicho ánimo homicida del agresor está "en los momentos anteriores, coetáneos y posteriores a su acción".

Asimismo, entiende que "frente a este declarado ánimo homicida no cabe contraponer que, afortunadamente, las lesiones no revistieron especial gravedad". Por estos argumentos rechaza el recurso de la defensa y confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia malagueña.

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