El tiempo en: Vejer
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Alcalá la Real

El Ayuntamiento prohíbe la celebración de velatorios

Se autoriza también que los enterramientos o incineraciones se lleven a cabo sin que transcurran las 24 horas desde el fallecimiento

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
  • Cementerio municipal de Alcalá.

La gravedad de la situación que vivimos requiere de la adaptación de medidas excepcionales. Una de ella es la contenida en el decreto publicado en la jornada de hoy, 25 de marzo, por el Ayuntamiento de Alcalá la Real, en el que se prohíbe la celebración de velatorios y se regulan una serie de aspectos, en relación con los entierros e incineraciones en la localidad.

En concreto, el decreto 555/2020 establece la prohibición “de celebrar velatorios tanto en las instalaciones públicas como privadas del término municipal de Alcalá la Real”. Así mismo, “los enterramientos e incineraciones, podrán llevarse a cabo sin que transcurran las 24 horas desde el fallecimiento”. Además, ordena “restringir la comitiva del enterramiento o despedida de cremación a los familiares de primer grado por consanguinidad, y afinidad del difunto, los que deberán guardar entre ellos una distancia mínima de dos metros”.

Por otro lado, el decreto establece que “deberán evitarse las manifestaciones afectuosas y de condolencias a través de abrazos, besos y estrechamiento de manos, posponiéndose el culto o ceremonia civil fúnebre, para cuando cese el estado de alarma”. “Las empresas de servicios funerarios adoptarán las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de lo acordado”.


TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN