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Almería

140 personas multadas por hacer botellón y por no usar mascarillas en Vera

100 euros en caso de incumplir con la normativa por la pandemia y 300 por beber en la calle

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  • Imagen de agentes de la Policía Local de Vera (Almería) durante actuaciones en el municipio para controlar los incumplimientos de medidas por el coronavirus. -

El Ayuntamiento de Vera (Almería) ha informado de que la Policía Local ha sancionado en una sola noche a un total de 140 personas relacionadas con incumplimientos de medidas contra el coronavirus. En concreto, los hechos se corresponden al pasado sábado, cuando interpusieron 100 denuncias a personas que no llevaban la mascarilla y otras 40 por celebrar un botellón.

Desde este municipio costero almeriense, que recibe importante población durante el verano, han destacado en un comunicado su trabajo para evitar que "la irresponsabilidad de algunos inconscientes dañen la temporada turística a vecinos, visitantes, establecimientos hosteleros y empresarios del sector turístico", según ha reconocido el concejal de Seguridad Ciudadana, Alfonso García.

Han precisado que los agentes de la Policía Local han venido desarrollando una labor basada fundamentalmente en la información y la advertencia, "pero ante la falta de civismo de muchas personas que no respetan las medidas de prevención para evitar los contagios por coronavirus, está siendo necesario levantar actas y sancionar tanto a los que no llevan mascarilla protectora como a los que practican el botellón poniendo en riesgo su salud y la de los demás", ha explicado el edil veratense.

Las sanciones impuestas suponen el pago de cien euros en el caso de incumplir la obligación de llevar mascarillas, pero asciende a una horquilla de entre cien y trescientos para aquellos participantes en el botellón.

El edil ha reiterado la necesidad de llevar la mascarilla para prevenir la propagación de la enfermedad y evitar brotes que supongan un retroceso, argumentando que "es una cuestión de responsabilidad y de solidaridad con el resto de la población porque es una crisis sanitaria y la protección es una labor de todos".

En este contexto en una circular informativa el Ayuntamiento se dirigirá a los establecimientos de ocio nocturno, hostelería y restauración de la localidad para recordarles las medidas de carácter extraordinario, urgente y de obligado cumplimiento que hay que adoptar.

Las circulares serán entregadas en mano a todos y cada uno de los establecimientos, con el objetivo de asegurar que la información llega a todos los negocios. En dichas circulares, además de figurar las normas, se incluirán los distintos tipos de sanciones para quienes incumplan estas medidas, que podrán llegar a multas de hasta 600.000 euros para los incumplimientos muy graves.

Según ha explicado el alcalde de Vera, José Carmelo Jorge Blanco, "el envío de estas circulares pretende controlar los rebrotes de la COVID19 que se están produciendo en otras poblaciones, apelando desde el Ayuntamiento de Vera, a la responsabilidad de todos, empresarios y clientes, para contener esta pandemia y hacerla compatible con el ejercicio de la actividad y el ocio".

Así, incluirá que los comensales máximos por mesa serán 12, que los pubs cerrados podrán tener un 60 por ciento de aforo máximo y tendrán que cerrar a las 3,00 horas, mientras que las terrazas tendrán una ocupación del 75 por ciento.

Las discotecas no podrán servir en las barras y sólo podrán ocupar un 40 por ciento de su aforo interior, siempre con mesas separadas por más de dos metros que se instalarán también en las pistas de baile que quedan inutilizadas. También habra que tomar la temperatura de los clientes e higienización de manos a la entrada de los establecimientos.

El público tendrá que identificarse al entrar para tener controlada la trazabilidad del virus en el caso de que se produzca un caso positivo. Además, tendrán que cerrar a las 5,00 horas, cerrando el acceso de personas media hora antes de la hora prevista de cierre.

Además, en los bares con y sin música el horario máximo de cierre general se amplía en una hora, hasta las 03,00 horas, no siéndole aplicable la ampliación de una hora más los viernes, sábado y vísperas de festivos.

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