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La Tribuna de Nertis

Termina el estado de alarma... ¿y ahora qué?

Irene Pavón, abogada de Nertis, habla de las consecuencias laborales del fin del estado de alarma

Publicado: 12/05/2021 ·
11:17
· Actualizado: 12/05/2021 · 11:17
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Este fin de semana ha finalizado la prórroga del estado de alarma en España, declarado por el Real Decreto 926/2020 de 25 de octubre para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. El Congreso de los Diputados autorizó dicha prórroga por un periodo de 6 meses, es decir, hasta el 9 de mayo de 2021.  


La llegada de esta fecha hace que muchos ciudadanos y, sobre todo, las empresas más afectadas por esta situación (turismo, comercio y hostelería) se pregunten ¿qué hacemos ahora?; ¿esto significa que todo vuelve a la normalidad?; ¿pueden abrir las empresas cerradas e incorporarse los trabajadores en ERTE?


Con el fin del estado de alarma sólo han desaparecido los confinamientos domiciliarios y el toque de queda, sin embrago, el resto de las medidas, como los cierres perimetrales y la limitación del número de personas en las reuniones, van a depender de donde vivamos. La variedad está servida. A partir del 10 de mayo la responsabilidad para decidir si se aplican nuevas limitaciones pasa a las Comunidades.


En Andalucía, concretamente, se ha activado una desescalada en 3 fases, que se desarrollará durante un mes y medio y que está vinculada al nivel de vacunación, con el objetivo de entrar el 21 de junio en la etapa de “normalización” si hay alrededor de un 70% de la población vacunada. Ahora nos encontramos en la primera fase, que supone la apertura de la hostelería hasta las 00:00 horas y reuniones de hasta 10 personas en exterior y 8 en interior. Los pubs y discotecas, que hasta ahora habían permanecidos cerrados, podrán abrir hasta las 2:00 horas, mientras que las pistas de baile sólo se autorizarán en el exterior y con uso obligatorio de mascarilla. Se cerrarán los municipios con incidencia acumulada a 14 días superior a 1.000 casos por cada 100.000 habitantes y se prohibirá en ellos toda actividad comercial no esencial.


Y los ERTES, ¿Han finalizado? El Real Decreto Ley 2/2021, que contenía todos los detalles sobre la aplicación de los ERTES relacionados con la pandemia del Covid-19 a partir del 31 de enero, regulaba la prórroga de los ERTES de fuerza mayor hasta el 31 de mayo de 2021. Aunque esta prórroga fue puesta en duda tras la publicación de normativa posterior, que en una de sus cláusulas daba entender que estos iban de la mano del fin del estado de alarma, tanto la  vicepresidenta tercera como ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, confirmaron que la fecha fin de los mismos es el 31 de mayo y que la intención del gobierno es que continúen más allá de esa fecha. Las negociaciones para su nueva prórroga han comenzado. En todo caso y pese a las precauciones y medidas de restricción aún vigentes, las empresas celebran el fin del estado de alarma; Esto, junto con la publicación de las tan esperadas subvenciones y ayudas para muchos sectores afectados por la pandemia, supone un pequeño respiro para ellas.

 


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