Veremos abismales diferencias entre cosas idénticas, si ello nos conviene, o seremos capaces de igualar situaciones radicalmente opuestas, si es necesario para justificar nuestros actos o nuestras opiniones. Doña Cayetana, Duquesa de Alba, nos ha hecho a todos, y a todas, recitar como papagayos que la edad no es impedimento del amor, que las personas mayores tienen derecho a enamorarse y a disfrutar de las alegrías que proporciona el amor, que tienen derecho a casarse con quien les plazca y que es retrógrado y machista hacer comentarios sobre las diferencias de edad entre los contrayentes. En resumen, tan simpática señora nos ha hecho ver que hay vida mientras se vive y que los derechos, como dicen las Leyes, se tienen hasta el mismísimo último soplo de vida. Pero he aquí que la Junta de Andalucía autoriza a retirar a una anciana la alimentación mecánica que la mantiene viva, lo cual provoca la muerte por inanición, de manera que la paciente no muere por enfermedad; muere porque se le deja de dar de comer. Hay quien a eso lo llama matar. Soy jurista. Sé lo que dice el artículo 5, letra f, de la Ley 2/10, así que no digo que sea delito. Se puede matar a una persona sin cometer delito en supuestos contemplados en las Leyes; pero el hecho de que sea o no delito no convierte a la muerte en muerte natural, porque la muerte es provocada. Por cierto, si dejo de dar de comer a mí bebé, ¿estoy dejando que se muera o lo estoy matando?. Si piensa que lo estoy matando, no lo dude más: está usted siendo víctima de una conspiración.
Es curioso cómo los seres humanos podemos llegar a caer en flagrantes contradicciones, aunque, tal vez, lo curioso no sea la contradicción sino el afán que ponemos en negarla. Aquí nadie reconoce estar en contradicción. Yo, por ejemplo, sin ir más lejos, jamás me contradigo y, si alguna vez lo ha parecido, será porque hay gente malintencionada que no quiere entenderme, momento a partir del cual empiezo a proclamarme víctima de una conspiración. Somos capaces de todo, absolutamente todo, con tal de no reconocer una contradicción.
Veremos abismales diferencias entre cosas idénticas, si ello nos conviene, o seremos capaces de igualar situaciones radicalmente opuestas, si es necesario para justificar nuestros actos o nuestras opiniones. Doña Cayetana, Duquesa de Alba, nos ha hecho a todos, y a todas, recitar como papagayos que la edad no es impedimento del amor, que las personas mayores tienen derecho a enamorarse y a disfrutar de las alegrías que proporciona el amor, que tienen derecho a casarse con quien les plazca y que es retrógrado y machista hacer comentarios sobre las diferencias de edad entre los contrayentes. En resumen, tan simpática señora nos ha hecho ver que hay vida mientras se vive y que los derechos, como dicen las Leyes, se tienen hasta el mismísimo último soplo de vida. Pero he aquí que la Junta de Andalucía autoriza a retirar a una anciana la alimentación mecánica que la mantiene viva, lo cual provoca la muerte por inanición, de manera que la paciente no muere por enfermedad; muere porque se le deja de dar de comer. Hay quien a eso lo llama matar. Soy jurista. Sé lo que dice el artículo 5, letra f, de la Ley 2/10, así que no digo que sea delito. Se puede matar a una persona sin cometer delito en supuestos contemplados en las Leyes; pero el hecho de que sea o no delito no convierte a la muerte en muerte natural, porque la muerte es provocada. Por cierto, si dejo de dar de comer a mí bebé, ¿estoy dejando que se muera o lo estoy matando?. Si piensa que lo estoy matando, no lo dude más: está usted siendo víctima de una conspiración.
Veremos abismales diferencias entre cosas idénticas, si ello nos conviene, o seremos capaces de igualar situaciones radicalmente opuestas, si es necesario para justificar nuestros actos o nuestras opiniones. Doña Cayetana, Duquesa de Alba, nos ha hecho a todos, y a todas, recitar como papagayos que la edad no es impedimento del amor, que las personas mayores tienen derecho a enamorarse y a disfrutar de las alegrías que proporciona el amor, que tienen derecho a casarse con quien les plazca y que es retrógrado y machista hacer comentarios sobre las diferencias de edad entre los contrayentes. En resumen, tan simpática señora nos ha hecho ver que hay vida mientras se vive y que los derechos, como dicen las Leyes, se tienen hasta el mismísimo último soplo de vida. Pero he aquí que la Junta de Andalucía autoriza a retirar a una anciana la alimentación mecánica que la mantiene viva, lo cual provoca la muerte por inanición, de manera que la paciente no muere por enfermedad; muere porque se le deja de dar de comer. Hay quien a eso lo llama matar. Soy jurista. Sé lo que dice el artículo 5, letra f, de la Ley 2/10, así que no digo que sea delito. Se puede matar a una persona sin cometer delito en supuestos contemplados en las Leyes; pero el hecho de que sea o no delito no convierte a la muerte en muerte natural, porque la muerte es provocada. Por cierto, si dejo de dar de comer a mí bebé, ¿estoy dejando que se muera o lo estoy matando?. Si piensa que lo estoy matando, no lo dude más: está usted siendo víctima de una conspiración.
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