El tiempo en: Vejer

Desde mi azotea

Pasos de peatones sobreelevados

Colocar pasos elevados antes de una rotonda no es aconsejable, pues dificultan tanto la entrada como la salida de los vehículos

Publicado: 06/10/2024 ·
16:56
· Actualizado: 06/10/2024 · 16:56
Autor

José Antonio Jiménez Rincón

Persona preocupada por la sociedad y sus problemas. Comprometido con la Ley y el orden

Desde mi azotea

Llegar a todos los públicos con información interesante sobre las cuestiones que interesan

VISITAR BLOG

El día 24 de abril de 2022, salió publicado en San Fernando Información una noticia del entonces redactor jefe, Antonio Atienza (q.e.p.d.), que decía: El Ayuntamiento de San Fernando considera errónea la denuncia de Plataforma 3R sobre los pasos de peatones que se están instalando en la avenida San Juan Bosco, al considerar que la formación política confunde lo que es un reductor de velocidad con un paso peatonal sobreelevado, que es lo que se ha construido en este tramo de la Ronda del Estero. Veamos si esto era así o no.

En base a la  Orden FOM/3053/2008, de 23 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción técnica para la instalación de reductores de velocidad y bandas transversales, los pasos de peatones sobreelevados están regulados en su artículo 3 como Reductores de velocidad. Y el apartado 3.1 los define como dispositivos colocados sobre la superficie de rodadura, cuya finalidad es la de mantener unas velocidades de circulación reducidas a lo largo de ciertos tramos de vía.

Y en su párrafo 3.2, dice que son Reductores de Velocidad de sección transversal trapezoidal (paso peatonal sobreelevado) y que estos dispositivos cumplen la función de pasos peatonales, situándose su rasante a un nivel ligeramente superior al del firme. A efectos legales le son de aplicación las disposiciones vigentes relativas tanto a pasos de peatones como a reductores de velocidad. Por tanto, son reductores de velocidad.

No entendemos pues, como se pudo afirmar entonces que los pasos de peatones instalados en San Juan Bosco no eran reductores de velocidad y que lo único que hacían era elevar la cota del paso, cuando esa definición técnicamente no existe. La normativa es clara y concisa, son pasos sobreelevados reductores de velocidad y, por tanto, un obstáculo a la circulación rodada que deben disponer de unos requisitos técnicos.

Las características de estos pasos peatonales sobreelevados o lo que es lo mismo, reductores trapezoidales, son las siguientes: El perfil longitudinal comprende una zona sobreelevada y dos partes en pendiente, llamadas rampas, formando un trapecio. Sus dimensiones serán: Altura: 10 cm ± 1 cm. Longitud de las rampas: Entre 1 y 2,5 m (un metro para el caso de ‘zona 30’, un metro y cincuenta centímetros cuando se señalicen para 40 km/h, y dos metros cincuenta centímetros para velocidad igual a 50 km/h).

Dudo mucho que los pasos sobreelevados de la avenida San Juan Bosco cumplan cien por cien con la normativa, porque solamente las rampas de entrada y salida ya son dudosas (a 30 km/hora, comprueben el golpe que dan los neumáticos delanteros al subirse al paso y la bajada violenta producto de una rampa no adecuada). Por tanto, es posible que la altura de algunos de estos pasos no cumplan la normativa, pues sus rasantes están por encima de los 10 u 11 centímetros, además de rampas más cortas.

La referencia de la altura, la pueden observar en la rasante de las aceras de ambos márgenes con la rasante del paso, pues midiendo la altura del bordillo se puede observar que algunos pasos pueden tener una altura media de 15 centímetros o más.

Como referencia de pasos de peatones sobreelevados conforme a normativa se pueden observan los existentes en la Avenida de la Constitución o en Reyes Católicos. Sin embargo, en San Juan Bosco son pasos elevados fabricados con alquitrán mediante maquinaria  sin seguir el cumplimiento de la normativa técnica.

Para la reducción de velocidad no todo vale. Además, colocar pasos elevados antes de una rotonda no es aconsejable, pues dificultan tanto la entrada como la salida de los vehículos. Todo esto debió estar contemplado en los estudios y/o proyectos sobre las características técnicas de estos pasos antes de su ejecución (planimetría, medidas, altura, etc.).

Para reducir velocidades e instalar reductores de velocidad hay que cumplir normativa y ser muy meticulosos, porque no existen conductores que les guste pasar por encima. La mujer del César…

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN