La Audiencia Provincial de Baleares, en el auto que ha dictado para dejar sin efecto la imputación de la infanta Cristina en el caso Nóos pero dejando las puertas abiertas a su posible encausamiento por presunto fraude fiscal, apunta a que tanto Iñaki Urdangarin como su mujer se habrían beneficiado, como socios de la mercantil Aizoon, de los ingresos procedentes del Instituto Nóos así como del dinero supuestamente defraudado a Hacienda a través de la empresa de la que ambos eran copropietarios al 50 por ciento.
De este modo, el tribunal de la Sección Segunda deja en suspenso la imputación de la Infanta en relación a posibles delitos fiscales, por cuanto, según recalca, el dinero que de forma presuntamente irregular percibió Aizoon desde Nóos no se quedó en la cuenta de la primera entidad, sino que se destinó a gastos particulares del matrimonio, como la reforma de su vivienda familiar, con su posible "conocimiento del origen ilícito y delictivo" de estos fondos.
La Sala incide asimismo en que, si bien la hija del Rey Don Juan Carlos podía desconocer el origen ilegal del dinero público, en cuanto a que "provenía de un delito de malversación o de fraude", lo que resulta "más dudoso" para los magistrados de la Sección Segunda es que la Infanta "desconociera que esos ingresos podían suponer un delito contra la Hacienda Pública" puesto que Nóos, aunque declaraba al fisco, no pagaba el impuesto de sociedades por constar inscrita como sociedad sin ánimo de lucro.