Condenan a la UE por no publicar a tiempo la lista de objetos prohibidos en cabina

Publicado: 10/03/2009
El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer la decisión de la Comisión Europea (CE) de no publicar en su día la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano a bordo de un avión.
El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer la decisión de la Comisión Europea (CE) de no publicar en su día la lista de objetos prohibidos en el equipaje de mano a bordo de un avión. 

Tras declarar la abogada general del Tribunal de abril de 2008 que la no publicación de la lista era “inaceptable” e instar a declarar inexistente el reglamento europeo sobre seguridad en el transporte aéreo, la CE publicó finalmente en agosto la relación de objetos prohibidos. 

A pesar de que el reglamento subrayaba en 2003 la necesidad de que los pasajeros estuvieran claramente informados de las normas relativas a los artículos prohibidos, la CE no llegó a publicar el anexo hasta agosto de 2008. 

La Corte analizó el caso de un ciudadano austríaco que fue desalojado de un avión en 2005 por subir a la cabina con raquetas de tenis, objetos prohibidos por el reglamento europeo 622/2003 y recogidos en un anexo que, en concreto, en ese momento no había sido publicado en el Diario Oficial de la UE. 

Los jueces europeos consideran que un reglamento no tiene fuerza vinculante si no ha sido publicado en el Diario Oficial y, recuerdan, que la propia normativa comunitaria establecía la necesidad de que los viajeros tuvieran acceso a una lista donde se enumerasen los artículos prohibidos. 

La normativa sobre seguridad en el transporte aéreo fue aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE a finales de 2002, dentro de la estrategia de lucha contra el terrorismo puesta en marcha tras los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos. 

Finalmente, la CE publicó en agosto la mayoría de las normas de seguridad aérea de la UE, incluida la lista de artículos prohibidos en el equipaje de mano a bordo de los aviones. 

En el texto figuran objetos afilados o puntiagudos, armas de fuego o de cualquier otro tipo o líquidos que no vayan envasados en contenedores individuales de 100 mililitros como máximo, metidos en bolsas de plástico. 

REACCIONES 

La Comisión Europea aseguró ayer que publicó en un comunicado de prensa en 2004 la lista comunitaria con los objetos prohibidos en el equipaje de mano, por lo que “nunca fue secreta”, aunque admitió que no apareció en el Diario Oficial de la UE hasta agosto de 2008. 

El portavoz comunitario de Transportes, Fabio Pirotta, afirmó que la lista nunca se mantuvo “en secreto”, y que la Comisión la dio a conocer en un comunicado de prensa de 2004 y, posteriormente, en otro similar en 2006.
Pirotta también admitió que, entonces, la lista no fue publicada en el Diario Oficial, aunque sí luego, en agosto de 2008.

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