El tiempo en: Vejer

Huelva

El TSJA avala la ordenanza de Punta que rebaja el IBI a desfavorecidos

Este punto del orden del día recibió el apoyo de todos los grupos municipales excepto UPU

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Pleno -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha avalado la ordenanza del Ayuntamiento de Punta Umbría (Huelva) que concede ayudas individuales de carácter social para el abono del Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, en el ejercicio 2017 y siguientes.

El TSJA en un auto deniega la medida cautelar de suspensión de la aplicación de la citada ordenanza, que solicitó la delegación del Gobierno de Andalucía, ante el acuerdo plenario de 1 de diciembre de 2016, ha informado el Ayuntamiento de Punta Umbría en una nota.

El consistorio remitirá este auto del TSJA al Juzgado de Huelva "para que lo tenga en cuenta ante el recurso que por idéntico motivo presentó en su día el portavoz del grupo municipal Unidos por Punta Umbría, UPU, José Carlos Hernández Cansino", ha adelantado la alcaldesa, Aurora Águedo.

El Pleno de 1 de diciembre de 2016 aprobó definitivamente la ordenanza municipal de ayudas individuales de carácter social de hasta un 30 por ciento en el Impuesto de Bienes Inmuebles, IBI, para personas desempleadas, separadas, viudas, divorciadas, víctimas de la violencia de género, menores de 30 años y, en general, con pocos recursos económicos y que reúnan una serie de requisitos, para el ejercicio 2017 y los siguientes.

Este punto del orden del día recibió el apoyo de todos los grupos municipales -PSOE, PP e IU- excepto UPU.

La citada ordenanza se aprobó tras los informes favorables de los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Punta Umbría, Secretaría, Intervención e Inspección de Renta y Exacciones, que avalaban dicha medida.

Águedo ha valorado que el TSJA dé la razón al Ayuntamiento en este asunto "resaltando la especial relevancia del interés público que late en su puesta en vigor", esto, a su juicio, "demuestra que esta medida no era contraria a la ley".

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN