La Audiencia de Huelva no comparte las conclusiones del Juzgado de instancia "aun estando la sentencia de instancia basada en un examen racional"
La Audiencia Provincial de Huelva ha absuelto a un hombre condenado a tres años y nueve meses de cárcel por robar a una mujer 1.200 euros y su pasaporte tras esgrimirle un cuchillo de grandes dimensiones por entender que existe un "umbral de incertidumbre" en relación con su autoría que impide condenarlo.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima el recurso presentado por el acusado y revoca la dictada por el Juzgado de lo Penal 4 de Huelva que le imponía dicha condena.
Esta última sentencia consideraba probado que el ahora absuelto, puesto de acuerdo y en actuación conjunta con otro sujeto no identificado, sobre las 23:00 horas del 2 de junio de 2019, en la zona del merendero de Santa Catalina de Lucena del Puerto (Huelva), actuando con ánimo intimidatorio y con el deliberado propósito de enriquecerse ilícitamente a costa de lo ajeno, esgrimió un cuchillo de grandes dimensiones contra una mujer que se encontraba con su novio.
Le exigió que le entregase todas sus pertenencias, consiguiendo apropiarse de una cartera que contenía un pasaporte y 1.200 euros en metálico, así como un teléfono móvil.
Posteriormente, recabando ayuda de una persona y de agentes de la Guardia Civil que se encontraban en las inmediaciones, pudieron hallar al acusado, aún en posesión del cuchillo y de varias de las pertenencias de la mujer, procediendo a su detención.
La Audiencia de Huelva no comparte las conclusiones del Juzgado de instancia "aun estando la sentencia de instancia basada en un examen racional de la prueba y debidamente fundamentada".
Precisa que tras realizar un exhaustivo análisis de la misma "incluso siendo plausible y verosímil la tesis de la acusación, subsiste un umbral de incertidumbre" que impiden "alcanzar un convencimiento más allá de toda duda razonable respecto de su culpabilidad".
Entre ellos, el hecho de que la mujer fuera al encuentro con su novio con tal cantidad de dinero; el que el acusado supiera y los esperara en el merendero, un lugar apartado o el que aún se encontrara allí cuando llegó la Guardia Civil.
Por eso, se absuelve al acusado de los cargos contra él formulados, con todos los pronunciamientos favorables.