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Jaén

Fiscalía pide siete años por reiterados incumplimientos de orden de alejamiento y lesiones a su ex

También el 29 de octubre de 2014, la Policía acudió al domicilio del acusado "al ser requerida" por su expareja, "puesto que éste no la dejaba pasar al domicilio en el cual ambos estaban conviviendo, a pesar de que la medida de alejamiento seguía en vigor"

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La Fiscalía solicita hasta siete años de cárcel para un hombre, identificado como J.M.M. y actualmente en prisión provisional, al que considera autor de tres delitos de quebrantamiento de medida cautelar y de cuatro de lesiones que habría cometido contra su exmujer, de la que tenía orden de alejamiento.

   Así se recoge en un escrito de calificación presentado por el Ministerio Fiscal para la apertura de juicio oral, en un Juzgado de lo Penal, por los citados delitos, de los que culpa al acusado, al que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jaén había impuesto la prohibición, en un auto fechado el 26 de julio de 2013, de "aproximarse a menos de 100 metros" respecto de su expareja --C.M.M.--, y de "comunicarse con ella por cualquier medio".

   Pese a tener "perfecto conocimiento" de que dicha medida estaba "vigente", según añade el escrito de la Fiscalía, consultado por Europa Press, el acusado "la cogió del pelo" y le propinó "varios golpes contra la pared" el 2 de abril de 2014 en la calle Doctor Sánchez de la Nieta de Jaén "tras una discusión", lo que le ocasionó distintas lesiones a la mujer por las que precisó asistencia facultativa.

   "Días más tarde, el 10 de abril de 2014, y estando en vigor la medida cautelar anteriormente referida, el acusado discutió nuevamente con C.M.M., propinando a la misma varios golpes en la cara", según agrega el escrito, que precisa que estos hechos se produjeron en el domicilio del procesado y que también causaron lesiones en su expareja.

   La Fiscalía explica que el 19 de mayo de 2014, "y como consecuencia de los hechos anteriormente acaecidos", el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Jaén agravó la medida cautelar anteriormente vigente, "aumentando la distancia a 150 metros", si bien "el 31 de agosto de 2014 se produjo una nueva discusión en el domicilio del acusado y éste propinó a C.M.M. una bofetada".

   También el 29 de octubre de 2014 --siempre según la versión de la Fiscalía--, la Policía acudió al domicilio del acusado "al ser requerida" por su expareja, "puesto que éste no la dejaba pasar al domicilio en el cual ambos estaban conviviendo, a pesar de que la medida de alejamiento seguía en vigor".

   Ya el 11 de noviembre de 2014, "y nuevamente en el domicilio del acusado, éste propinó a C.M.M. varios golpes y la zarandeó, causando a ésta una herida en la boca", lo que propició que el citado juzgado ampliara a 300 metros la distancia a la que no se podía aproximar el acusado respecto a su expareja.

EN PRISIÓN PROVISIONAL

   Pese a ello, la Policía encontró al acusado el 28 de noviembre de 2014, en las inmediaciones del Hospital Médico Quirúrgico de Jaén, "acompañado" de esta mujer, que también estaba en el interior de su domicilio, "pese a que la medida de alejamiento seguía vigente", el 10 de diciembre del año pasado, cuando la Policía se personó en el mismo, día en el que se ordenó el ingreso en prisión provisional del encartado.

   Así las cosas, la Fiscalía --que reseña en su escrito que la víctima no reclama por ninguna de las lesiones supuestamente sufridas por su expareja-- considera que estos hechos constituyen cuatro delitos de lesiones en el ámbito familiar agravados por quebrantamiento, por cada uno de los cuales pide una condena de un año de cárcel, y tres de quebrantamiento de medida cautelar que igualmente quiere que en cada caso sea castigado con un año de prisión.

   Además, la Fiscalía aprecia la circunstancia agravante de reincidencia en los delitos de quebrantamiento de condena citados, y quiere que por cada uno de los cuatro supuestos delitos de lesiones se le imponga al acusado la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y de comunicarse por cualquier medio con C.M.M. por un tiempo de cinco años en cada caso.

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