El tiempo en: Vejer

Jerez

El TSJA expulsa a un alumno de la Compañía en la recta final del curso

El menor entró en 2011 con medidas cautelares por reagrupación familiar. La Junta no ha accedido a aplazar la ejecución de la sentencia para septiembre

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • El primer día de clase. -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por los padres de un alumno de 9 años de la Compañía de María contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Cádiz que supone su expulsión inmediata y pone fin de esta manera a un largo pleito judicial que ya no tiene marcha atrás.

El pequeño entró en el centro concertado en el curso 2011/2012 con medidas cautelares de admisión provisional por reagrupación familiar después de que su hermana menor, con la que se lleva dos años de diferencia, obtuviera plaza. Ella entró en Primero de Infantil y el en Tercero de ese mismo ciclo.


El peor de los desenlaces ha llegado cuatro años después, y ni los informes de los orientadores de su colegio desaconsejando una “salida inmediata” del centro porque pudiera generarle “algún tipo de alteración emocional, trastorno psicológico y posterior evaluación en sus estudios” han surtido efecto. En dicho escrito, este departamento advertía además que el menor estaba “totalmente integrado con su clase y con su tutora”, quien también apoyaba la “idea de continuidad y permanencia en este curso en nuestro colegio”.


La última esperanza que le quedaba a esta familia era que la Delegación territorial de Educación de la Junta en Cádiz desistiera de ejecutar el fallo, al menos hasta que finalizara el presente curso, pero no ha sido así. Por contra, en  Educación se limitan a decir que tienen que dar cumplimiento a una sentencia y que no pueden hacer excepciones. Lo mismo ha ocurrido con el  “incidente de ejecución” que interpusieron en el juzgado. También ha sido en vano, como suele ocurrir en la mayoría de estos supuestos, puesto que, como indican fuentes judiciales, rara vez prosperan.

De nada sirvió la predisposición de esta familia a cumplir la sentencia a partir del curso que viene, para no tener que verse obligados a buscar colegio, separar a los hermanos  y, sobre todo, sacar de su clase de un día para otro a Darío. “No nos negábamos a acatar la sentencia; lo que le estábamos pidiendo es que le dejaran terminar el curso”, señalaba su madre Patricia Orozco. Sin embargo, lo máximo que le permitieron fue acabar el segundo trimestre. El fallo se lo notificaron apenas 15 días antes, dándole de plazo dos días hábiles desde la recepción de la notificación del área de Planificación y Escolarización de la Delegación territorial de Educación  para elegir un centro y adjudicarle un nuevo “puesto escolar”.

El trago más amargo
Como relata su madre, el trago más amargo una vez que vieron que no había nada que hacer fue comunicárselo a su hijo. Lejos de lo que se habían temido, el pequeño encajó mucho mejor de lo que pensaban que tenía que abandonar su colegio, quizás porque no era consciente de que se marchaba para no volver.


Antes de  empezar de nuevo en un entorno completamente diferente, sus compañeros de clase le hicieron una pequeña fiesta de despedida y le regalaron un libro de firmas con dedicatorias, sin entender por qué de un día para otro Darío tenía que dejar su pupitre. Desde entonces ha podido volver, pero solo por unas horas, el pasado 16 de abril, para celebrar su Primera Comunión.

Ya han pasado casi dos meses desde el lunes siguiente a la Semana Santa y este alumno cada día echa más de menos a sus compañeros, con los que mantiene el contacto porque viven en la misma zona. “Él es un niño sociable y ha tenido la suerte de que el nuevo centro, el CEIP Pío XII, y sus compañeros  lo han acogido muy bien pero echa de menos su colegio. Lleva toda la semana preguntándome si para el año que viene ya vuelve a la Compañía”, apunta su progenitora.

Esto no será posible. Sus padres lo han vuelto a intentar pero se ha quedado el décimo en la lista de espera.  Solo había dos plazas. La de Darío, como la de otros tantos, es la cara más negativa del proceso de escolarización y que mejor pone en evidencia la falta de sensibilidad de los jueces e incluso de la propia Junta, que se limita a ejecutar una sentencia “como si mi hijo fuera un número más”, obviando las consecuencias que esto puede tener para él.

“Al final lo que cuenta es el criterio de un delegado provincial”

Lo que más indigna a los padres del menor es que los criterios de las delegaciones provinciales de Educación sean completamente diferente aún tratándose de la misma Administración autonómica. “Es de vergüenza que siendo los dos delegados de la Junta en Sevilla permitan que el niño con medidas cautelares termine su curso una vez que salga la sentencia definitiva por el criterio del delegado y en esta provincia no esperen y sean tan inflexibles porque no quieren elevar la ratio a 26”, señala su padre Moisés Galán.

En la actualidad, las tres unidades de 4ª de Primaria donde estudiaba su hijo tienen 25 alumnos, y a su padre le consta que hace seis cursos, en el año de matriculación de su hijo, el colegio tenía la ratio en 26 por el aumento de la natalidad. “Al final lo que cuenta es el criterio del delegado, hace unos años las plazas con cautelares no contaban, ahora sí..¿en qué quedamos? Lo que no tienen en cuenta es que se están cepillando el futuro de tus hijos”, se queja.


Lo peor de todo, como lamenta, es que en una de las visitas que han realizado al área de Planificación se enteraron de que el centro tenía una plaza de 4 curso que no ofertó “en tiempo y forma”. La pidieron allí mismo, pero le volvieron a insistir en que no se ampliaría la ratio. "Son flexibles o no según les interese a ellos", concluye su padre.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN