Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) declaró hoy lícita la nueva directiva comunitaria sobre el tabaco de 2014 que regula el etiquetado de las cajetillas, frente a quejas planteadas por Philip Morris y otras empresas tabacaleras.
La abogado general Juliane Kokott validó en unas conclusiones dicha directiva sobre homogeneización del etiquetado y envasado de los productos del tabaco (tamaño, contenido mínimo, advertencias e información permitida), la prohibición de venta desde el 20 de mayo de 2020 de los cigarrillos mentolados y la normativa especial sobre los cigarrillos electrónicos.
En opinión de esta jurista del Tribunal de Justicia, con sede en Luxemburgo, la base jurídica de la directiva es "correcta" y "no vulnera los principios de igualdad de trato, libre competencia, proporcionalidad, seguridad jurídica y subsidiariedad", ni tampoco los derechos fundamentales de fabricantes o distribuidores como la libertad de empresa y de expresión o el derecho de propiedad.
Por lo que respecta al examen de la pregunta prejudicial remitida por el tribunal supremo inglés, ante el cual Philip Morris y otras compañías se opusieron a la aplicación de la directiva, no hay "ningún elemento que pueda afectar a la validez" de esa ley europea.
Además afirmó que las exigencias en cuanto a la forma, el tamaño y el contenido mínimo de los paquetes de cigarrillos son proporcionadas y contribuyen a aumentar la visibilidad de las advertencias sanitarias, que no vio arbitrario ni desproporcionado que ocupen una superficie del 65 % tanto de la parte anterior como posterior de la unidad de envasado.
En su opinión, el contenido mínimo de 20 cigarrillos también aumenta el umbral de inhibición para la compra, sobre todo en adolescentes y jóvenes.
También respaldó la prohibición de datos que, aun siendo ciertos, den "de modo engañoso una imagen positiva del producto", y puso de ejemplo que "un cigarrillo producido de modo ecológico es y sigue siendo un producto extremadamente nocivo para la salud".
Corroboró asimismo que la directiva da una base y que los países pueden adoptar criterios de envasado adicionales.
Sobre las alegaciones formuladas por Polonia -apoyada por Rumanía- contra la prohibición de los cigarrillos mentolados, afirmó que debe desestimarse su recurso de anulación.
La abogado dijo que esos cigarrillos pueden facilitar a los no fumadores la iniciación en el consumo de tabaco y dificultar a los fumadores habituales la superación de la dependencia de la nicotina.
"No puede ponerse seriamente en duda la necesidad de prohibir en toda la Unión todos los aromas característicos, incluido el mentol", confirmó.
Por último, sobre la normativa especial para los cigarrillos electrónicos, Kokott señaló que se distingue claramente de las normas relativas a los productos tradicionales del tabaco.
Consideró que es "relativamente moderada" y, "en conjunto, no es desproporcionada", ya que este producto entraña "riesgos para la salud humana" y podría convertirse en un medio para iniciar una adicción a la nicotina o un consumo tradicional de tabaco.