El fiscal no ve responsabilidad de delegados de Medio Ambiente en el caso de los vertidos de la cárcel

Publicado: 24/02/2015
La Fiscalía de Granada no ve una posible responsabilidad penal en los delegados de la Consejería de Medio Ambiente en Granada entre los años 2004 y 2014, entre ellos el actual parlamentario andaluz, y por tanto aforado, Francisco Javier Aragón, en el caso de los vertidos de aguas fecales
La Fiscalía de Granada no ve una posible responsabilidad penal en los delegados de la Consejería de Medio Ambiente en Granada entre los años 2004 y 2014, entre ellos el actual parlamentario andaluz, y por tanto aforado, Francisco Javier Aragón, en el caso de los vertidos de aguas fecales procedentes de la depuradora de la prisión de Albolote (Granada), a una finca cercana, un asunto que investiga el Juzgado de Instrucción 6 de Granada.

   El Ministerio Público se opone así a la solicitud de imputación que ha realizado la denunciante, personada como acusación particular, en la causa. De hecho, en un informe de fecha 30 de enero, al que ha tenido acceso Europa Press, señala que "no existen ni siquiera de forma indiciaria datos que permitan deducir la participación de estos cargos públicos en los hechos y delitos", y respecto al aforado, recuerda que si el instructor contempla su imputación debería elevar escrito razonado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) por "carecer de competencia", tal y como adelanta este martes el diario 'Granada Hoy'.

   El proceso penal se inició en virtud de denuncia formulada el 10 de marzo de 2010 por la acusación particular en relación a unos supuestos daños que se estarían produciendo desde 1995 a 1997 a consecuencia de la construcción de la prisión provincial de Albolote en la zona conocida como Laguna Vieja, en el cortijo propiedad de la denunciante denominado 'Las Torres', pero la Fiscalía considera que esos supuestos delitos medioambientales perpetrados ya habrían prescrito, como sostiene también la Abogacía del Estado.

   Además, ve "absolutamente necesario" que la acusación particular describa los hechos concretos, conducta o conductas de las que entiende deriva la responsabilidad penal de los exdelegados y explique las razones para tal imputación, ya que "no basta alegar de forma genérica una supuesta pasividad permanente y total sin mayores argumentos jurídicos".

   Deberá la denunciante, entiende la fiscal de Medio Ambiente, completar e individualizar los hechos que se atribuyen a cada una de las personas respecto de las que se pide una declaración como imputado "sin olvidar que en derecho penal no caben las generalizaciones ni presunciones ni la responsabilidad objetiva sino que ha de respetarse el principio de culpabilidad".

LOS DELEGADOS, SIN COMPETENCIAS DE VIGILANCIA

   Por otro lado, señala que "no puede decirse que el delegado de la Consejería de medio ambiente en Granada tenga entre sus competencias la vigilancia, inspección y control de la EDAR del centro penitenciario de Albolote ni que tuviera el deber jurídico concreto de actuar respecto del control de aguas del dominio público hidráulico vertidos al arroyo y demás riesgos medioambientales, y por ello el Ministerio Público "no encuentra razón y justificación" para que los cargos sean llamados a declarar como imputados.

   Interesa por ello que se oficie a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y el Organismo de Cuenca para que informe sobre el servicio o funcionario encargado del control de las aguas vertidas al dominio público hidráulico y que tenga entre sus competencias el control del buen funcionamiento de la EDAR del centro penitenciario.

   En cuanto a los daños medioambientales en el Barranco y Arroyo Juncal producidos según las periciales aportadas por la construcción del centro penitenciario de Albolote, entienden que los hechos estarían prescritos "pero es que además los responsables serían los titulares de la prisión", esto es la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, y la CHG. "Dada la antigüedad de los hechos en cuanto a los daños producidos por la construcción de la prisión estaría prescrita la supuesta responsabilidad penal".

   En un escrito anterior, de fecha 26 de enero, y consultado también por Europa Press, la Fiscalía recurrió el auto de fecha 13 de noviembre del Juzgado de Instrucción 6 sobre este asunto, ante la Audiencia Provincial, instancia a la que reclama que se consideren prescritos los delitos.

   Y recuerda que, dada la fecha de lo denunciado, desde el inicio la Fiscalía informó en el sentido de delimitar aquellos hechos que habían de considerarse prescritos y, en consecuencia, "ninguna investigación debiera llevarse a cabo". Al respecto indica que comparte "íntegramente" las alegaciones de la Abogacía del Estado relativas a la prescripción de parte de los hechos denunciados.

   Por ello, interesa a la Audiencia Provincial de Granada la revocación del auto de Instrucción 6 en cuanto se dirige la investigación en relación a hechos y delitos que han de considerarse prescritos conforme a lo establecido en los artículos 130, 131 y 132 del Código Penal.

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