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San Fernando

Un whatsapp para anular permisos por vacaciones y días libres a policías locales

El sindicato SPLI-UPLB critica a la Jefatura del Cuerpo por usar un medio que no se ajusta a la legalidad para llevar a cabo dichas notificaciones.

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  • Policía Local de San Fernando. -

"La Delegación de Seguridad Ciudadana, cuyo responsable es Jaime Armario, sigue permitiendo que se realicen 16 horas trabajo durante dos turnos de servicio consecutivos sin mediar las 12 horas de descanso, entre la finalización de un turno y el comienzo del otro, al anularse días libres de descanso e interrumpirse días de vacaciones, para realizar servicios extraordinarios obligatorios en agosto, originando una confrontación entre la plantilla de policías y los mandos de la Jefatura de la Policía Local, al dar cumplimiento de unas órdenes de Jefatura, mediante notificaciones de dudosa legalidad, bajo la superior autoridad y dependencia directa de la Alcaldesa, al ostentar la Jefatura del Cuerpo, conforme al artículo 12 de la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales", ha señalado en un comunicado el Sindicato de la Policía Local Independiente de San Fernando (SPLI-UPLBA).

Al respecto, desde el sindicato se indica que "la discordia entre agentes y mandos policiales, es como consecuencia de las medidas utilizadas para notificar las anulaciones de días libres de descanso o interrupción de días de permisos de vacaciones, utilizando incluso familiares de policías para hacer efectiva las notificaciones, o mediante mensajería telefónica por whatsapp, de las órdenes de Jefatura del Cuerpo, incumpliéndose los principios de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales: calidad, información, consentimiento, confidencialidad y seguridad, que conlleva posibles sanciones económicas desde 900 hasta 600.000 euros. La comunicación de cualquier modificación de las condiciones de trabajo, requiere de una notificación formal, por escrito, pues los Tribunales de Justicia han dictaminado que la mensajería instantánea no se considera un medio de comunicación válido y fehaciente, y que no sustituye a la comunicación corporativa formal, y mucho menos surtir los mismos efectos que una notificación “clásica” mediante escrito, como puede ser un Decreto de Alcaldía".

Ante el "malestar y las injerencias" producidas, en la vida particular y familiar de los policías locales, "ocasionando daños y perjuicios irreparables y de difícil reparación", desde el Sindicato de la Policía Local Independiente de San Fernando (SPLI-UPLBA), se está tramitando reclamaciones individuales y colectivas por vía administrativa conforme a Derecho, ya que fuera del horario de trabajo, ni la persona trabajadora tiene obligación de estar conectada a internet, ni tendría obligación de contestar, imperando el derecho a la desconexión digital establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, lo que supone “tirar el dinero” de los ciudadanos de San Fernando, ante las cuantiosas multas por el desinterés y mala gestión del gobierno municipal.

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