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Sevilla

Junta estudia recurrir la sentencia del TSJA sobre Cobre las Cruces, que "no cuestiona la actividad de la mina"

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La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta ha señalado que los servicios jurídicos del Gobierno andaluz estudian la posibilidad de presentar recurso de casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que anula la resolución de 7 de abril de 2009 por la que la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa permitió que se reanudase la actividad de la mina Cobre las Cruces en suelos de Gerena, Guillena y Salteras, en la provincia de Sevilla.

   A este respecto, el departamento que dirige José Sánchez Maldonado ha señalado en un comunicado que, "en ningún caso", la sentencia, que no es firme y ante la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, "interfiere o cuestiona la actividad de la mina, ni en el empleo de la misma, así como tampoco en la inversión de la empresa Cobre las Cruces, ni en sus planes de investigación, que siguen adelante".

   Además, la Consejería ha indicado que la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir de 24 de octubre de 2013 "ampara y refuerza" la gestión hídrica que se lleva a cabo en el complejo minero de Cobre las Cruces, que "en su día también avaló la Agencia Andaluza del Agua".

   Por ello, los servicios Jurídicos de la Junta de Andalucía estudian, de un lado, la posibilidad de presentar recurso de casación contra la referida sentencia y, de otro, establecer las medidas necesarias para complementar el expediente administrativo con la correspondiente resolución de la Consejería, tras haberse conocido esta sentencia y la resolución de octubre de 2013 de la Confederación Hidrográfica.

   En la sentencia fechada el pasado 18 de junio, el Alto Tribunal andaluz estima así el recurso interpuesto por Ecologistas en Acción y anula esta resolución por la que la Junta levantó la suspensión de las labores de profundización de la corta en la explotación de Cobre las Cruces.

   La Sala considera en la sentencia, que es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo, que la Administración autonómica "carecía de cobertura" para dictar dicha resolución al no estar autorizado por parte del Organismo de Cuenca el sistema de drenaje-inyección del agua del acuífero que usa la mina para sus trabajos.

   Tanto la Junta como la entidad Cobre las Cruces se opusieron al recurso presentado por Ecologistas al entender ajustada a Derecho la resolución impugnada, articulando la primera la concurrencia de desviación procesal y la segunda la falta de legitimación activa y extemporaneidad del recurso.

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