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Sevilla

Condenado a 11 años por abusar de su sobrina desde que ésta tenía 7

Practicó "tocamientos" y le obligó a diferentes prácticas cuando se quedaba en su casa desde que tenía "unos 7 u 8 años hasta los 12 o 13"

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  • Juzgados de Sevilla. -

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un hombre a 11 años de prisión por un delito de abusos sexuales continuado a su sobrina, a la que practicó "tocamientos" y obligó a diferentes prácticas cuando se quedaba en su casa desde que tenía "unos 7 u 8 años hasta los 12 o 13".

La sentencia, de la Sección Cuarta, también condena al acusado, A.L.C., a siete años de libertad vigilada tras cumplir la pena de prisión y a no comunicarse ni acercarse a menos de 300 metros de la víctima durante 15 años, así como a indemnizar a la menor con 12.000 euros por los daños morales causados y al pago de las costas, tal y como pedía el fiscal.

El tribunal da total credibilidad al testimonio de la víctima, corroborado por varios testigos y psicólogos peritos, destacando la "sinceridad de la menor, que ha mantenido desde el inicio de las actuaciones una versión sustancialmente idéntica acerca de lo acaecido, ofreciendo además datos muy concretos de los hechos desde el inicio de la causa".

Rechaza "con absoluta rotundidad, la hipótesis de que los hechos imputados hubieran podido partir de una iniciativa o maquinación espuria y alejada de la realidad por parte de los denunciantes", tras destacar que precisamente la víctima relató que "no quería denunciar lo ocurrido pues temía que ello rompiese a su familia".

De hecho, la primera alerta no partió de ella ni de sus padres sino de unas compañeras de colegio a las que "contó la conducta que su tío mantenía respecto a ella" cuando empezó a tomar conciencia de lo "abusivo de la misma".

La víctima mantenía una estrecha relación con sus tíos y solía pasar tiempo con ellos en su casa, incluso quedándose a dormir, una relación familiar de la que el acusado se "prevalió para cometer los hechos, sin necesidad de emplear violencia o intimidación" así como de "la figura de autoridad que constituía para la pequeña en ausencia de sus padres".

Desde que la niña tenía 7 u 8 años, su tío comenzó los actos abusivos que el acusado calificó de "masajes especiales", consistentes en "tocamientos", "desnudarse mientras la niña se duchaba, masturbarse delante de ella llegando a eyacular, o hacer que la menor le masturbara".

La madre relató en el juicio que "en ocasiones observó que Lucía después de volver de casa de sus tíos tenía los genitales enrojecidos así como que alguna vez dijo que el tío le había dado unos masajes, comentario al que la testigo en ese momento no dio mayor trascendencia", así como que observó cambios de actitud en la pequeña que "era muy alegre, fue volviéndose paulatinamente más taciturna, introvertida y reservada".

El tribunal considera "poco creíble" el testimonio de la esposa del acusado alegando que éste y la niña nunca se quedaron a solas en la casa pues siempre estaba ella presente, y resta relevancia a que la menor no presentara evidencias físicas de abusos ya que los mismos "no fueron violentos y que se denunciaron transcurridos muchos meses desde el último episodio". 

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