El Supremo rechaza el recurso de la empresa contra la sentencia del TSJA que estimaba el presentado por Ecologistas contra los planes urbanísticos
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la empresa Cobre Las Cruces contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que estimaba parcialmente el recurso de Ecologistas en Acción y anulaba el Plan Especial de la mina en las localidades sevillanas de Gerena, Guillena y Salteras.
En una providencia del 4 de julio a la que ha tenido acceso Efe, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo inadmite el recurso de casación de Cobre Las Cruces contra la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA del pasado 18 de enero.
El TSJA declaró la nulidad de una resolución de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, de 5 de mayo de 2016, y otra de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, del 17 de marzo, por las que se aprobaba definitivamente el segundo modificado del Plan Especial de Actuación Minera Las Cruces en los tres municipios.
El Supremo basa su decisión en la "falta de fundamentación suficiente de que las normas denunciadas como infringidas han sido relevantes y determinantes del fallo".
"La anulación es firme, así que el Supremo da la razón a Ecologistas en Acción y pone en jaque todos los planes urbanísticos aprobados por la Junta en los últimos años", según explica la organización ecologista en una nota enviada a Efe.
El Plan Especial ahora anulado tenía por objeto la ampliación del ámbito de la mina para la ejecución de nuevas escombreras, ubicadas al suroeste y al norte del complejo minero y denominadas Escombreras El Chamorro y El Esparragal, respectivamente, así como la regularización de su zonificación.
Parte de la escombrera norte se derrumbó el pasado 23 de enero, "sin que la ampliación denominada el Esparragal, autorizada en mayo de 2016, haya servido para evitar su desplome", alega Ecologistas en Acción, que desde octubre de 2015 aboga por "depositar dentro de la corta minera todos los nuevos escombros no contaminantes que estaba produciendo la ampliación de la actividad minera".
"Esta nueva sentencia se une a otras muy recientes en recursos instados por Ecologistas en Acción que anularon, entre otros, el Plan Parcial de Valdevaqueros (Tarifa), que pretendía urbanizar una playa situada en el Parque Natural del Estrecho, el PGOU de Bormujos (Sevilla) y el PGOU de Jaén", recuerda la organización.
Ecologistas en Acción también destaca como "gran novedad" que se trata de la primera sentencia que anula un Plan urbanístico basado en la modificación de la Ley andaluza ambiental promulgada en marzo de 2015 por el Gobierno andaluz.
La sentencia del TSJA considera que el procedimiento ambiental usado para el Plan Especial de Cobre las Cruces, una evaluación de impacto ambiental, "convertida de manera fraudulenta en evaluación ambiental estratégica mediante una resolución de sujeción y un anexo al Estudio de Impacto Ambiental", no satisface las exigencias de la ley estatal, según Ecologistas.