Las nuevas tecnologías continúan facilitando la vida a muchos profesionales, entre ellos la propia Policía Local. El uso de drones en las playas se ha ido normalizando en los últimos años, sobre todo a raíz de la pandemia del Covid cuando tenía que regularse y vigilar la distancia entre personas.
Un uso que no contaba con unas normas establecidas y fijadas, firmes, para el uso adecuado de este aparato. Hasta ahora. Al menos en Punta Umbría. Ya que según recoge el Boletín Oficial de la Provincia, tras el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento en la sesión del 20 de octubre de 2023 se ha aprobado el Reglamento de uso de Aeronaves Pilotadas U.A.S. (Drones) por control remoto para la Policía Local de Punta Umbría.
Era febrero de 2023 cuando se presentaba la nueva unidad Aeris de la Policía Local puntaumbrieña, que entre sus funciones se encuentran la vigilancia especial de grandes eventos, el refuerzo de seguridad en las playas o el seguimiento y control del tráfico rodado y peatonal, entre otras. Un nuevo servicio que puede contar también con mensajes a modo de advertencia o a título informativo para las ocasiones en las que se requieran.
Así, se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, además el objeto del Reglamento interno es regular el uso de RPAS y el régimen de funcionamiento de la Unidad Aérea de la Policía Local de Punta Umbría.
Entre las cuestiones que regula este reglamento se encuentra cómo actuar con los drones según las condiciones meteorológicas, el protocolo de despegue, vuelo y aterrizajes, así como de vigilancia, y las figuras que deben participar en estos vuelos, no solo el piloto del dron sino, por ejemplo, un observador que sería la persona designada por el operador que, mediante observación visual de la aeronave pilotada por control remoto y directa ayuda al piloto en la realización segura del vuelo.
Dentro del reglamento se establecen también las condiciones y reglas para la utilización del espacio aéreo por parte de la Policía Local puntaumbrieña. Así, se especifica que en condiciones meteorológicas de vuelo visual, podrán realizarse vuelos diurnos y nocturnos con sujeción a las limitaciones que establezcan los estudios aeronáuticos de seguridad realizados al efecto.
Entre los puntos más interesantes se encuentran los de la altura que puede llegar a alcanzar el drone, así como en condiciones urbanas (dentro de la ciudad), así como en con reuniones de personas al aire libre.
Respecto a la altura, el reglamento establece que dentro del alcance visual del piloto o de observadores que estén en contacto directo por radio con éste, se podrá volar a una altura sobre el terreno no mayor de 120 metros, o sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 150 metros desde la aeronave.
Respecto a las operaciones de vuelo sobre aglomeraciones en edificios en casco urbano o reuniones de personas al aire libre, el vuelo deberá ajustarse a las limitaciones y condiciones establecidas en un estudio aeronáutico de seguridad realizado al efecto en el que se contemplen todos los posibles fallos de la aeronave y sus sistemas de control, incluyendo la estación de pilotaje remoto y el enlace de mando y control, sistema de reducción de impactos (paracaídas), así como sus efectos.
ÉPOCA ESTIVAL Y DRONES
La ciudad es dividida en tres zonas de vuelo, establecidas en función del nivel de riesgo operacional sobre las mismas (zona verde, amarilla y roja). Así, para aquellos vuelos realizados en zonas restringidas de protección ambiental, las operaciones se realizarán bajo las condiciones establecidas en las autorizaciones pertinentes.
Será la época estival la que más riesgo supone en las operaciones de vuelo, un periodo establecido en el reglamento en julio y agosto. Posteriormente, se indica que el periodo de temporada intermedia, los meses de junio y septiembre, además de Semana Santa, es el segundo en peligrosidad en los vuelos, y el último sería el período de temporada no estival, que serían los meses comprendidos entre octubre y mayo.
Por ello, dependiendo de la fecha de la operación de vuelo así se tendrá que acoger a una normativa más flexible o más severa. Por ejemplo, en la época estival, las zonas de alto riesgo serían: la zona litoral del municipio, las carreteras A5050 y la A505, además de todo el casco urbano de Punta Umbría y El Portil, a excepción de las calles o avenidas nombradas en la zona amarilla que se encuentren dentro del casco urbano. Entre ellas, zonas urbanas con aglomeración de edificios o con construcciones unifamiliares adosadas (urbanizaciones).
También las zonas urbanas con concentraciones de personas al aire libre. Aquellas zonas en el municipio en las que, aun encontrándose dentro de las zonas de riesgo medio o bajo, concurran fiestas populares o eventos, advirtiéndose la asistencia de multitud de personas (mercadillos, conciertos, etc).
Por último, entre otra de las cuestiones recogidas en este reglamento se indica que en zonas de riesgo alto se podrán realizar operaciones, cuando sea estrictamente necesario y la Patrulla Policial no pueda desplazarse en un tiempo razonable a las proximidades del lugar de la emergencia.
Son siete los pilotos autorizados a día de hoy para llevar a cabo estas operaciones en la localidad costera. Un reglamento que se ha puesto en marcha este mismo fin de semana y que era necesario para poder dar orden a este nuevo escenario para la Policía Local de Punta Umbría.