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Córdoba

Rafael Gómez recurre ante el Constitucional la sentencia del TSJA sobre las naves de Colecor

Multa de 20 millones de euros

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El empresario, concejal del Ayuntamiento de Córdoba y líder de Unión Cordobesa (UCOR), Rafael Gómez, ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que rebajó de 24,6 a 20 millones de euros la multa impuesta en 2005 por construir sin licencia 40.000 metros cuadrados de naves en la antigua fábrica lechera Colecor, en la carretera de Palma del Río, en la capital cordobesa.

   Así lo han confirmado a Europa Press fuentes de UCOR y ha adelantado 'Diario Córdoba', que detalla que el Ayuntamiento iniciará el proceso para cobrar la multa de 20 millones, por lo que Gómez se ahorrará unos cuatro millones de los intereses que debía abonar desde la primera resolución, ya que empieza un nuevo periodo de la liquidación para su cobro en vía voluntaria.

   En concreto, el líder de la oposición en el Ayuntamiento anunció en el momento de conocer la resolución en febrero de este año que recurriría ante el Tribunal Constitucional, al tiempo que criticó a la que fuera alcaldesa de la capital por IU Rosa Aguilar por poner dicha sanción "tan injusta". Y es que, a su juicio, dicha multa "no se tenía que haber puesto nunca en la vida, pero la señora alcaldesa decidió ponerla a un amigo empresario".

   En este sentido, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal andaluz estimó parcialmente el recurso del edil municipal, propietario de la empresa Arenal 2000, cuya sede se ubica en dichas naves, tras considerar que se ha producido una mala aplicación de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) para fijar el importe de la sanción en base a la gravedad de la infracción cometida y el valor de la obra.

   Al respecto, la resolución precisaba el valor atribuido a las obras ejecutadas, de modo que se redujo al presupuesto de ejecución material, esto es, a la suma de 14.345.998 euros, y se debe proceder para determinar el importe de la sanción a aplicar sobre dicha cantidad el porcentaje del 140%, que supondrían los 20 millones de euros de sanción.

   La multa se interpuso en el año 2005, aunque posteriormente tuvo que ser puesta de nuevo en 2009 por la caducidad del expediente. Así, en febrero de 2010 Arenal 2000 presentó recurso ante el Juzgado de lo Contencioso número 2 de Córdoba contra la sanción, ratificada por el Consejo de Reclamaciones Económico Administrativas (CREA) del Consistorio en diciembre de 2009.

   Once meses después, el juzgado cordobés falló a favor del Ayuntamiento y desestimó el recurso de Gómez, que anunció su intención de llevar el expediente al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y agotar todas las vías de recurso para demorar el pago de la multa.

   Cabe destacar que en un informe elevado el año pasado a la comisión municipal de Hacienda del Ayuntamiento ya se recogía la previsión de subastar las naves de Colecor, al tiempo que detallaba que las citadas naves cuentan con una carga de hipotecas por importe superior a 27,4 millones de euros, que son de carácter preferente frente a la garantía existente a favor del Ayuntamiento.

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