El magistrado de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha acordado el archivo de una pieza separada del caso ERE por la ayuda por importe de 300.000 euros concedida por la Junta de Andalucía a la Asociación de Servicios y Solidaridad Class Maná.
Esta pieza investigaba presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental y el juez la archiva al no apreciar indicios contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social Daniel Alberto Rivera y otros tres investigados, ha informado el TSJA.
En un auto fechado el día 18 de mayo, el magistrado señala que “concluida la fase instructora, no puede decirse que con el material derivado de la instrucción jurisdiccional desarrollada -a la que no se puede tildar de escueta- pueda sostenerse la existencia de indicios de la participación de dichos investigados en los hechos delictivos”.
El juez pone de manifiesto que, por más que los tres representantes de la entidad investigados “pudieran haber tenido alguna participación tangencial en la obtención y gestión de esta ayuda, lo cierto es que no consta que tuviesen ninguna capacidad de decisión, encontrándose la misma fundamentalmente residenciada en el director general de la Asociación (fallecido), que es quien habría participado directamente en la ilícita concertación, génesis y obtención de la subvención, junto con los responsables de la Consejería de Empleo, en particular” con el ex director general de Trabajo Juan Márquez.
En relación a Daniel Rivera, el magistrado señala que dicta orden de pago de fecha 1 de septiembre de 2010 dirigida a la agencia IDEA a fin de que procediera al abono del 75 % de la ayuda (225.000 euros) en concepto de ayuda sociolaboral excepcional a los trabajadores de la entidad, pero, como señala la Fiscalía Anticorrupción.
Dicha resolución/orden de pago “habría sido dictada” por el investigado “en corrección del error en la fecha de la resolución de concesión de la ayuda de que adolecía la resolución de 26 de enero de 2010 por la que su antecesor en el cargo, Juan Márquez, ordenaba -con el visto bueno del viceconsejero de Empleo Agustín Barberá- el pago del 75% de la ayuda (225.000 euros) en favor de la asociación”, de modo que, “en puridad, quien ordenó el pago habría sido Juan Márquez y no” Daniel Alberto Rivera.
El objeto de esta pieza separada lo constituía “la presunta ilicitud de las ayudas económicas y de la financiación pública” concedida por la Consejería de Empleo -a través de la agencia IDEA- con cargo a la partida presupuestaria 31.L a la Asociación de Servicios y Solidaridad ‘Class Maná’, y en concreto la subvención directa por importe de 300.000 euros otorgada “para paliar la situación insostenible de quebranto a los trabajadores por falta de liquidez de dicha asociación”, según la resolución de concesión de 14 de diciembre de 2009 dictada por el entonces director de Trabajo, Juan Márquez.
El juez pone de manifiesto en el auto que “el procedimiento -o más bien su ausencia- seguido para el otorgamiento de la ayuda o subvención concedida” a esta entidad “estaría viciado, siendo así que no se concretaron en dicha ayuda ni su finalidad, ni los compromisos asumidos, ni las fechas para su cumplimiento, así como el modo de justificación".