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Valencia

El padre un menor valenciano recurre ante el TSJCV la vacunación en los colegios

Pide la suspensión cautelar de la orden del Ejecutivo valenciano argumentando que va contra varias leyes, como la de Protección de Datos y la Ley del Menor

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  • Vacuna contra el coronavirus.

El padre de un menor escolarizado en la Comunidad Valenciana ha presentado este lunes un recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) contra la decisión de la Generalitat Valenciana de recabar en 24 horas la autorización de los progenitores de los menores de 12 años para que sean vacunados contra el coronavirus. Pide la suspensión cautelar de la orden del Ejecutivo valenciano argumentando que va contra varias leyes, como la de Protección de Datos y la Ley del Menor.

El recurso se presenta por la vía especial del procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona, ya que juicio de este padre, la decisión del Ejecutivo de Ximo Puig "infringe el derecho a la intimidad, el derecho a la protección de datos, el derecho a la protección de la salud y el derecho a la vida cuya tutela se postula a través del proceso".

Este mismo lunes la Generalitat ha remitido a los centros educativos de la Comunidad Valenciana la información y la autorización que tendrán que firmar los progenitores y tutores legales para permitir esa vacunación que en este territorio arrancará el próximo miércoles, 15 de diciembre.

En una carta firmada por los secretarios autonómicos de Educación y Salud Pública, Miquel Soler e Isaura Navarro, respectivamente, se señala a los equipos directivos de los colegios que, como consecuencia de las dosis recibidas en la Comunidad Valenciana, la primera fase de esta vacunación se realizará entre los días 15 y 22 de diciembre y en ella se vacunará a todo el alumnado que curse estudios entre 4º y 6º de Educación Primaria.

La Generalitat recalca que la información deberá ser trasladada de "manera urgente" a las familias el mismo día 13 de diciembre, indicando que el centro deberá disponer de la documentación firmada por las familias a lo largo de la mañana del martes día 14 de diciembre.

Una vez recogida la información de todo el alumnado, la persona responsable covid-19 en el centro educativo deberá comunicar el número de autorizaciones que ha recogido a la Comisión de centros educativos (educovid) de la que forman parte el Centro de Salud Pública (CSP) de referencia y la Dirección de Atención Primaria del departamento de salud.

Según informa el Ejecutivo, las autorizaciones presentadas por las familias quedarán custodiadas en el centro. La Generalitat recuerda que la información sobre el alumnado que se vacune en el centro es de carácter confidencial y se encuentra especialmente protegida por lo que no debe tener ninguna difusión ni dentro ni fuera del centro.

LAS 24 HORAS PARA DECISIÓN "MUY IMPORTANTE"

Pero el abogado que ha decidido recurrir esta resolución de la Generalitat, Curro Nicolau, indica que de la misma se desprende que se confiere un plazo de 24 horas para que se complete un formulario "donde debe adoptarse una decisión muy importante por las familias". "Un plazo que resulta del todo improcedente y que todo el mundo ha conocido el mismo día de hoy, sin que haya posibilidad de respuesta", explica.

Lamenta además en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que esa orden va directa a los centros educativos y a los padres y madres "sin posibilidad alguna de ser rebatida", teniendo en cuenta el mínimo plazo de 24 horas concedido. Y añade que la vacunación se realizará en el propio centro educativo "sin presencia de los padres", algo que teniendo en cuenta que puede tener efectos adversos en cualquier persona "es una grave temeridad" porque "no existen elementos sanitarios de ayuda en caso de cualquier situación de reacción adversa".

"Resulta notorio que en un plazo de 24 horas resulta en muchos casos imposible que se pueda obtener la firma de ambos progenitores y tampoco resulta procedente que una decisión de este tipo deba ser contestada en un plazo tan inmediato. Por tanto resulta una medida del todo desproporcionada", apunta.

También está en contra de que los padres y madres no puedan estar con los menores en un momento "de angustia" y en una situación "atípica y con alto contenido de estrés emocional". "Además de posibles efectos adversos que se puedan dar sin que los padres puedan estar presentes", añade, para luego indicar que "es realmente un temeridad y un atentado directo contra el derecho de la vida de los menores, infringiendo a su vez la reciente Ley de la infancia y del menor".

PROTECCIÓN DE DATOS

Además, este padre argumenta que los datos que se solicitan en la autorización son de carácter estrictamente personal y "no se ha comunicado ningún protocolo para poder tener el archivo y custodia correcta de esos datos según la normativa de protección de datos". Afea que los datos se deben entregar directamente al centro educativo "lo que vulnera cualquier normativa sobre protección de datos sanitarios que guardan de un nivel máximo de protección".

Por todo ello, interesa como medida cautelarísima la suspensión de esta orden administrativa, y subsudiariamente en caso de que la Sala no lo acuerde, interesa un incidente cautelar a prueba sobre los siguientes hechos: falta de acreditación de medidas de seguridad sanitaria ante el sistema de vacunación previsto en centros educativos; riesgos para la salud mental de los menores y progenitores; vulneración de la normativa de protección de datos; vulneración de la normativa sobre protección del menor y de la infancia; cualesquiera otros hechos que resulten controvertidos a la vista de la oposición de la Administración demandada".

Además, pide que se cite a declarar tanto al presidente de la Generalitat, Ximo Puig, como a la consellera de Sanidad y Salud Publica, Ana Barceló Chico, y al conseller de Educacion Vicente Marza Ibáñez, como promotores de las medidas contenidas en la resolución recurrida.

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